Impuesto de Sucesiones de Castilla La Mancha. Reducciones y Bonificaciones

Table of Contents

Introducción

El impuesto sobre sucesiones y donaciones es un impuesto estatal. Está regulado por Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donacioness y el El reglamento que lo desarrolla es el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre.  Pero este impuesto nacional puede ser adaptado y mejorado por regiones. Así, por ejemplo, castilla la mancha región, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones está regulado y adaptado por la ley regional Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha.

En este apartado detallaremos en exclusiva las reducciones, tipo impositivo y bonificación en las Sucesiones y Donaciones. castilla la mancha  Impuestos. Para otros aspectos como Proceso de herencia, Ejecución de testamento extranjero, etc., por favor, visite nuestra Sección del proceso de herencia, donde todos los aspectos y procedimientos pueden reproducirse en el proceso de herencia independientemente de la región específica ejecutada. 

Reducciones en la base imponible

– Adquisición de una empresa unipersonal, de un negocio profesional o de participaciones en entidades.

Reducción del 4 por ciento de la base imponible en la adquisición “mortis causa” de derechos sobre una empresa unipersonal, un negocio profesional o acciones de entidades no admitidas a cotización en mercados organizados, a las que sería de aplicación la reducción establecida en el artículo 20.2.c) de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Para la aplicación de esta reducción se deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. La empresa unipersonal, negocio o entidad profesional deberá tener su domicilio fiscal y estar situado en Castilla-La Mancha. Ambos requisitos deberán mantenerse durante cinco años desde la fecha del fallecimiento del causante.
  2. Se deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 20.2.c) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, salvo el plazo de permanencia de la adquisición en el patrimonio del causante, que se establece en cinco años.

Esta reducción no será aplicable a las adquisiciones lucrativas de empresas individuales, negocios profesionales o participaciones en entidades cuya actividad principal sea la gestión de bienes muebles o inmuebles en los términos establecidos en el artículo 4.8. Dos.a) de la Ley 19/1991, de 6 de junio.

Esta reducción es compatible y se aplicará con posterioridad a la reducción establecida en el artículo 20.2.c) de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

– Reducción de la discapacidad

Personas con grado de discapacidad acreditado igual o mayor que 33 por ciento y menor que 65 por ciento Se aplicará una reducción de 125,000 eurosLa reducción será de 225,000 euros para aquellas personas que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento.

Estas reducciones se aplicarán además de las que pudieran corresponder en función del grado de parentesco del contribuyente con el fallecido.

Normativa: Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de Medidas Fiscales de Castilla-La Mancha. Artículo 15.

Reembolsos de obligaciones tributarias

– Grupos de parentesco I y II

En función del monto de la base imponible de sus respectivas declaraciones de impuestos, los contribuyentes incluidos en grupos I y II de parentesco previsto en el artículo 20.2.a) de la Ley del Impuesto podrán aplicar en la cuota tributaria las siguientes bonificaciones:

  1. Declaraciones de impuestos cuya base imponible sea menos de 175,000 euros, un bono de 100 por ciento de la obligación tributaria.
  2. Declaraciones de impuestos cuya base imponible sea igual o superior a 175,000 euros e inferior a 225,000 euros, un reembolso de 95 por ciento de la obligación tributaria.
  3. Declaraciones de impuestos cuya base imponible sea igual o mayor de 225,000 euros y menos de 275,000 euros, un reembolso de 90 por ciento de la obligación tributaria.
  4. Declaraciones de impuestos cuya base imponible sea igual o superior a 275,000 euros e inferior a 300,000 euros, un reembolso de 85 por ciento de la obligación tributaria
  5. Declaraciones de impuestos cuya base imponible sea igual o mayor de 300,000 euros, un reembolso de 80 por ciento de la obligación tributaria.

– Discapacidad

Contribuyentes que tengan algún grado de discapacidad igual o mayor al 65 por ciento podrá aplicar un descuento de 95 por ciento de la obligación tributaria.

El mismo porcentaje de bonificación se aplicará a las aportaciones sujetas al impuesto realizadas al patrimonio protegido de las personas con discapacidad reguladas en la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección del patrimonio de las personas con discapacidad y por la que se modifican a tal efecto el Código Civil, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Normativa Tributaria.

Los dos bonos anteriores son compatibles con el bono de parentesco y se aplicarán después de este.